El régimen de módulos podría seguir vigente en 2016

Fenadismer ha solicitado al Ministerio de Hacienda el mantenimiento del régimen de módulos para los transportistas autónomos de menor dimensión. Considera que el límite de facturación, de cara a 2016, debería pasar de 75.000 a 150.000 euros.

Con ocasión de la tramitación por parte del Ministerio de Hacienda del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el que se plantea la práctica eliminación del régimen de módulos en el sector del transporte de mercancías por carretera a partir de 2016, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España (FENADISMER) ha planteado una propuesta alternativa en la que solicita el mantenimiento del régimen de módulos para los transportistas autónomos de menor dimensión y el establecimiento de un régimen de compensaciones para el resto de transportistas que deban tributar por estimación directa.
 
Elevar el límite a 150.000 euros
Fenadismer ha solicitado al Ministerio de Hacienda que introduzca en el régimen de estimación objetiva un límite de exclusión diferenciado para las actividades de transporte de mercancías por carretera, para permitir que los autónomos de un solo vehículo puedan continuar acogidos a dicho régimen, elevando el límite de facturación a 150.000 euros.
Asimismo para el resto de transportistas autónomos titulares de más de un vehículo que hasta la fecha estaban acogidos a dicho régimen y que a partir de 2016 deberán tributar por estimación directa simplificada, Fenadismer ha propuesto establecer un régimen transitorio de compensaciones que les permita amortiguar el fuerte impacto fiscal que el cambio de régimen les va a suponer, en consonancia con el compromiso del actual Gobierno de reducción de la carga impositiva de los contribuyentes.
 
Sólo el transporte ligero y local permanecería en los módulos
Fenadismer basa su propuesta en que el nuevo límite de exclusión del régimen de módulos, establecido en 75.000 euros, supone en la práctica reducir a una cuarta parte el límite actualmente en vigor (300.000 euros) por lo que  exclusivamente los titulares de un único vehículo de transporte ligero y que realicen una actividad de ámbito local podrían continuar acogidos a dicho régimen, ya que el resto de transportistas autónomos titulares de un vehículo serán excluidos al  sobrepasar dicho límite.
 
Desde la Federación recuerdan que sólo los costes de explotación de un vehículo tipo de transporte de carga general (esto es, el carburante, la amortización, los seguros, el mantenimiento y otros) supone en torno a 130.000 euros, como refleja el Observatorio de costes de explotación que publica semestralmente el Ministerio de Fomento.  Así, a diferencia de los empresarios autónomos de otros sectores de actividad, en los que la materia prima necesaria para desarrollar su actividad tiene un coste muy bajo,  por lo que en la práctica les permitirá a muchos de ellos permanecer en el régimen de módulos al no superar los citados 75.000 euros de facturación, por el contrario en el caso del transporte de mercancías casi la totalidad de los empresarios autónomos se verán obligados a abandonar dicho régimen ya que su facturación anual supera dicha cantidad por los altos costes de explotación de su actividad, aunque en la actualidad no obtengan apenas un beneficio empresarial. 

  • Fenadismer ha solicitado al Ministerio de Hacienda que introduzca en el régimen de estimación objetiva un límite de exclusión diferenciado para las actividades de transporte de mercancías por carretera, para permitir que los autónomos de un solo vehículo puedan continuar acogidos a dicho régimen, elevando el límite de facturación a 150.000 euros.
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