ADR 2015: novedades en el transporte de mercancias peligrosas por carretera

En el BOE del jueves 16 de Abril, se ha publicado el Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2015), aprobado por la Comisión Nacional de las Naciones Unidas para Europa en Ginebra el 1 de Julio de 2014.

El ADR se actualiza de forma bienal. En lo que se refiere al ADR 2015 está en vigor desde el 1 de enero de este año y será totalmente obligatorio a partir del 1 de julio de 2015. Hasta dicha fecha también se encuentra vigente el ADR 2013.
 
Principales novedades
Para facilitar la comprobación de las variaciones entre el ADR 2015 y el ADR 2013, el Ministerio de Fomento ha publicado el texto provisional del ADR 2015, en el que aparecen dichas variaciones marcadas. 

 
No solo afecta al transportista
Como viene siendo habitual desde su entrada en vigor en el año 1968, las enmiendas de los Anexos A y B incorporan los nuevos conocimientos y la experiencia que se va adquiriendo cada 2 años, adaptándose a los avances técnicos y resolviendo las inconcreciones.
Las condiciones del ADR 2015 afectan como obligaciones de seguridad a diferentes participantes y no solo al transportista, expedidor y destinatario sino también a otros participantes como son el embalador, el cargador y el descargador. 

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