El Gobierno define los requisitos para la circulación de megacamiones

En el Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes 20 de noviembre se acordó tramitar exclusivamente la modificación normativa que posibilitará la introducción de los megacamiones en España.

 
El objetivo que se persigue con la introducción de los megacamiones en España, es “colaborar en la mejora logística del transporte terrestre”, ya que con este tipo de configuración de vehículos (más de 6 ejes, hasta 60 toneladas de MMA y 25’25 metros de longitud) se obtiene “una disminución de costes de entre un 15% y un 50% para esas rutas que aprovisionan a las fábricas desde proveedores situados en los alrededores”.
 
Será necesaria una autorización especial
Para la aprobación de dicha regulación normativa, previsiblemente el próximo mes de diciembre, se está tramitando una modificación del Reglamento General de Vehículos, a propuesta del Ministerio de Interior y de los Ministerios de Industria y de Fomento.
La nueva regulación establecerá que para la circulación de los megacamiones se exija previamente obtener una autorización especial expedida por la Dirección General de Tráfico (o por los Departamentos de Tráfico de Cataluña y País Vasco) en la que se establecerá las condiciones de circulación de dicho transporte, de las que cabe destacar las siguientes:
 
– La circulación se realizará preferentemente por autopistas y autovías, ya que sólo se permitirá la circulación por carreteras convencionales siempre que el recorrido por estas no supere los 50 kilómetros y sea como consecuencia de que se realiza el inicio o destino del viaje.
 
– La autorización de circulación sólo se concederá si el recorrido total supera los 150 kilómetros.
 
La velocidad máxima autorizada será la misma que la establecida en la actualidad para los restantes vehículos de transporte pesado, esto es, 90 km/h en autopistas y autovías y 80 km/h en carreteras convencionales.

El conjunto del vehículo llevará obligatoriamente un sistema de señalización de advertencia para el resto de usuarios de la vía, en concreto mediante señales luminosas o rotativos en todo su contorno, así como portando la señal de vehículo largo en su parte posterior con la nomenclatura “XL” identificativa de su mayor dimensión. 

También te puede interesar