Luz verde al Plan MOVEA 2016

El Consejo de Ministros ha aprobado el “Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas”.

 
El nuevo Real Decreto que regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas en 2016, dota a la iniciativa con 16,6 millones de euros, y unifica en un único programa las ayudas estatales existentes hasta el momento a la adquisición de vehículos de energías alternativas, instrumentadas en los Programas MOVELE y PIMA Aire.
 
¿Quién puede obtener esta ayuda?
El Plan MOVEA fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos, (vehículos eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL), vehículos que se propulsen con pila de combustible de hidrógeno, motos eléctricas y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico), excluyendo los vehículos de combustibles tradicionales propulsados por gasolina y gasóleo.
Asimismo, y como novedad más importante, también se contempla la concesión de ayudas para la implantación de puntos de recarga rápida y semirrápida para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.
 
Las ayudas se conceden para la adquisición de vehículos de energías alternativas nuevos matriculados por primera vez en España. Podrán beneficiarse de las ayudas, entre otros, las personas físicas, autónomos, empresas privadas, Entidades Locales y Comunidades Autónomas, siendo subvencionables los cuadriciclos, turismos, furgonetas, furgones, autocares, camiones, motocicletas y bicicletas eléctricas; la cuantía de las ayudas varía dependiendo del tipo de vehículo a adquirir y de la tecnología de propulsión.
 
¿Cuándo se puede solicitar?
Con carácter general las solicitudes se podrán realizar a partir del 1 de enero  y hasta el 15 de octubre de 2016, aunque se podrán apoyar también las adquisiciones de vehículos realizadas en 2015  desde el día siguiente al de la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado.
 
¿Qué cuantía tendrán las ayudas?
La cuantía de las ayudas varía en función de la categoría del vehículo (en el caso de los turismos y las motocicletas se establece además un límite de precio), del tipo de combustible utilizado, y, en algunos casos, de la masa máxima autorizada (MMTA) o de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico, en un rango que va desde los 200 euros para las bicicletas hasta los 20.000 euros de algunos vehículos de la categoría M3.
Se obliga al achatarramiento de un vehículo en el caso de las categorías furgones y camiones (N2 y N3) y autobuses y autocares (M2 y M3), de una antigüedad de matrícula anterior al 2009. En el caso de turismos y furgonetas se incentiva el achatarramiento con 750 euros, sin ser obligatorio.

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