Nueva regulación para los centros técnicos de tacógrafos

El nuevo Real Decreto 125/2017, que entrará en vigor el 25/05/2017, determina los requisitos que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos, exigiendo que, para ser autorizados, sus procedimientos estén certificados conforme a la nueva Norma UNE 66102.

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Este texto modifica de manera sustancial el procedimiento de evaluación de la conformidad de los requisitos aplicables a los centros técnicos de tacógrafos y la acreditación de las entidades de certificación para poder evaluar y certificar dicha conformidad, al hacer descansar esta evaluación en la nueva norma UNE 66102.

[Conoce el Real Decreto 125/2017 al detalle]
 
Los centros técnicos de tacógrafos ya certificados deberán adaptarse a la nueva Norma UNE 66102 a partir de la entrada en vigor del RD, el próximo 25 de mayo; excepcionalmente, si en el momento de la solicitud de renovación de la autorización no ha completado el proceso de certificación, se podría dar un plazo adicional de 6 meses para presentar el certificado a partir de dicha solicitud. Los centros técnicos de tacógrafos analógicos disponen sin embargo de un período transitorio de adaptación hasta el 25 de noviembre.
 
Con el objetivo de facilitar la adaptación a este nuevo Real Decreto, el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en colaboración con la Asociación Española de Normalización, UNE, y la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), ha celebrado una jornada orientada a proporcionar orientaciones prácticas a las organizaciones implicadas en su ejecución: centros técnicos de tacógrafos, fabricantes de vehículos y carrocerías que instalen tacógrafos en los vehículos, estaciones de ITV, entidades de certificación o representantes de órganos competentes de CC.AA. para conceder autorizaciones a estos centros, entre otros.
 

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