Así se vigilará al transporte de mercancías por carretera en 2019

El Ministerio de Fomento ha presentado a las asociaciones de transportistas el Plan Nacional de Inspección para el sector del transporte por carretera para el próximo año.

El Plan continuará la inspección de transportes por carretera de las empresas de transporte extranjeras que operan en España, en especial de las empresas buzón. De este modo se da cumplimiento a la Directiva europea 22/2006 sobre la aplicación de la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera, que obliga a los Estados miembros a realizar controles dirigidos a las empresas clasificadas como de mayor riesgo. Dicha actuación inspectora ya se ha venido desarrollando desde el año 2016, en colaboración con los cuerpos de inspección de otras Administraciones Públicas, si bien se intensificará en 2019 en colaboración con la Inspección de Trabajo, controlando tanto en carretera (vehículos pesados y ligeros) como a las empresas cargadoras, comprobando el cumplimiento de la normativa social y el cabotaje.
 
Otras actuaciones de control incluidas en el Plan que se van a llevar a cabo el próximo año son las siguientes:
 
– Se continuará la inspección de las operaciones que tengan su origen o destino en grandes centros generadores o destinatarios de cargas, como son las plataformas logísticas y las zonas de carga de los puertos marítimos, donde se concentran los mayores volúmenes de carga y descarga de mercancías.
 
– Se hará un especial control sobre las áreas de negocio de economía colaborativa on-line, en especial en lo referido a plataformas de paquetería que, en vehículos diversos, intermedian habitualmente sin estar autorizadas.
 
– Se mejorará la coordinación entre la Inspección de Transporte y de Trabajo. Y los inspectores contarán con el apoyo de nuevas nuevas tecnologías para la mejora de su labor (pago con tarjeta, tablets de control, elementos de control de documentos de control electrónicos, entre otros).
 
– Se llevará a cabo el control anual de los tiempos de conducción y descanso sobre la flota en torno a los 450.000 vehículos de transporte que en la actualidad están obligados a llevar tacógrafo en España. Dado que la Directiva europea 2006/22 impone a los Estados miembros la obligación de controlar al menos el 3% de las jornadas de trabajo, en el caso de las autoridades de inspección españolas deberán revisarse al menos 2.961.644 jornadas de trabajo de los conductores profesionales, de las que la mitad se deberán controlar en la sede de las empresas y la otra mitad en carretera, en concreto 888.493 jornadas de trabajo. El periodo a controlar en cada inspección que se haga a las empresas transportistas será por regla general de 45 días.
 
– Con objeto de aumentar la eficacia inspectora de los posibles excesos de peso, se llevarán a cabo dos controles de larga duración con la participación de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas.
 

  • Se continuará el control prioritario sobre la competencia desleal y dumping social de las empresas deslocalizadas en otros países, así como de las plataformas logísticas de negocio por internet.
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  • En próximas fechas a la aprobación definitiva del  Plan Nacional de Inspección de Transporte por Carretera para 2019.
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