Crece el número de cooperativas de transporte que trabaja ilegalmente

Como consecuencia de las sucesivas prórrogas del mantenimiento del régimen de módulos en el sector del transporte aprobadas por el Gobierno español en 2016, 2017 y 2018 se ha fomentado la aparición de nuevas cooperativas de trabajo, según Fenadismer.

Desde la Federación denuncian que estas cooperativas ofertan públicamente y sin ningún recato la posibilidad de acogerse al régimen de módulos a los socios que se integran. “No sólo contravienen la legalidad vigente, sino que además, pese a ser minoritarias, ocasionan el consiguiente descrédito para el resto de cooperativas del sector del transporte que actúan conforme a ley“, afirman.
 
Por ello, ante la posibilidad de que finalmente el Gobierno pudiera prorrogar el régimen de módulos para el próximo año, el Ministerio de Fomento ha decidido incluir en el Plan de Inspección del Transporte por Carretera para 2020 una actuación prioritaria contra dichas cooperativas.
En coordinación con las Comunidades Autónomas llevará a cabo una inspección intensiva contra dichas cooperativas y sus cooperativistas asociados porque “su actuación supone un incumplimiento muy grave de la normativa de transporte terrestre, lo que lleva aparejado una multa de hasta 4.001 euros por cada servicio de transporte realizado“. Esta sanción se impone tanto a la propia cooperativa como al socio que tribute indebidamente, lo que implica además la pérdida del requisito de honorabilidad y, en consecuencia, la pérdida de las autorizaciones de transporte.
 
La LOTT puso orden
Tras la aprobación de la reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres que entró en vigor en Julio de 2013, entre otras novedades incluyó la prohibición de que las cooperativas que fueran titulares de autorizaciones de transporte a su nombre pudieran contratar la actividad profesional que realizan sus socios como si fueran transportistas, impidiendo que en consecuencia pudieran los socios cooperativistas continuar facturando por tal concepto.
Ello obligó a que las cooperativas de trabajo que hasta dicho año venía operando de esa forma tuvieran que adecuar la tributación fiscal de sus socios, o en caso contrario a desvincularse de la cooperativa e iniciar la actividad de transporte por cuenta propia bajo determinados requisitos, en base al Real Decreto 937/2014 que estableció un periodo transitorio de adaptación que concluyó a mediados del año 2015.

  • Las multas pueden alcanzar los 4.001 euros por cada servicio de transporte realizado. Y la sanción se impone tanto a la propia cooperativa como al socio que tribute indebidamente.
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