Además se exime de solicitar nuevas autorizaciones complementarias de circulación para los vehículos de transportes especiales cuando ninguna de sus masas y dimensiones, incluida la carga que transporten, superen las 100 Toneladas de masa máxima de conjunto, cualquier valor de masa por eje, los 40 metros de largo, 4,70 metros de altura y 5 metros de anchura, cuando circulen por alguna de las carreteras o tramos de las mismas incluidas en el documento “Red de itinerarios del Ministerio de Transportes, para vehículos en régimen de transporte especial (grupo I del RGC) con ACC de categoría específica”.
Asimismo se exime de solicitar nuevas autorizaciones complementarias de circulación para los vehículos de transporte euromodulares (megacamiones), siempre que circulen por cualquier autopista y autovía, así como los tramos imprescindibles de carretera convencional que precisen entre su lugar de carga o descarga y el acceso o salida más cercano a una autopista o autovía, siempre que la distancia a recorrer no supere los 50 kilómetros.
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