¿Se puede conducir con la tarjeta del tacógrafo caducada?

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha aprobado una Orden Ministerial, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy, mediante la cual se establecen medidas excepcionales y el procedimiento a seguir por parte de los titulares de las tarjetas de tacógrafo mientras no reciban la tarjeta renovada y dure la situación de Estado de alarma.

Los conductores que tengan caducada la tarjeta desde el día 6 de marzo,y hayan presentado una solicitud de renovación (al menos 15 días antes del vencimiento), pero aun no dispongan de la nueva tarjeta podrán seguir conduciendo, según contempla la nueva Orden Ministerial, deberán llevar en el vehículo las actividades impresas, la tarjeta caducada y un resguardo de la solicitud de renovación.
 
Tras la declaración estado de alarma por el Real Decreto 463/2020 en todo el territorio nacional, con el fin de afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se han seguido produciendo solicitudes de renovación de tarjetas de tacógrafo de conductor y de empresa, pero los retrasos en algunos trámites y gestiones con la Administración están produciendo demoras en la entrega de las tarjetas renovadas.

Esta medida se mantendrá durante 15 días hábiles posteriores a la fecha en la que finalice el estado de alarma o sus prórrogas.

  • Esta medida únicamente será de aplicación para aquellos conductores que hubieran presentado la solicitud de renovación de la tarjeta como mínimo 15 días hábiles antes de su fecha de caducidad.
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