La actuación de la DGT genera »inseguridad jurídica»

Acogiéndose al Real Decreto 567/2020, de 22 de mayo, que establece la reanudación de los plazos administrativos que se suspendieron durante el estado de alarma, Tráfico deja fuera de la prórroga de 60 días a todos los carnets caducados desde el pasado 1 de junio.

Aunque desde el organismo que dirige Pere Navarro aseguran que no se tramitarán denuncias a aquellos conductores que se encuentren con el permiso caducado durante el estado de alarma, la CETM ha alzado la voz porque considera que la actuación de la DGT no se ajusta a la realidad jurídica, “puesto que el Real Decreto 567/2020 indica en su artículo 9 que se reanudan los plazos administrativos que se suspendieron mediante normas que tienen rango de ley y, en el caso de la prórroga de la validez de los permisos de conducir, se rige por la Orden INT/262/2020, que no tiene dicho rango”, exponen.
 
“Además, en el artículo 11 del mismo Real Decreto en el que se ampara la DGT para no prorrogar los carnés, se especifica que las órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones que se han publicado durante el estado de alarma se mantienen vigentes si no son contrarias a otras posteriores o al mismo Real Decreto, algo que no ocurre en este caso puesto que no hay ordenes posteriores que modifique o sean contrarias la Orden INT/262/2020 y tampoco vemos como ésta pueda ser contraria a el Real Decreto”, puntualizan.

  • La CETM considera que es irracional que la DGT no cumpla con el plazo de 60 días establecido en la Orden INT/262/2020 para los carnés caducados a partir del 1 de junio. “Este hecho genera una percepción de caos y de inseguridad jurídica en los conductores”.
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