El Defensor del Pueblo pide suprimir la Orden que recorta la vigencia de la ITV

El Defensor del Pueblo respalda la denuncia presentada por FENADISMER e insta a Industria a que suprima la Orden por considerar que no tiene en cuenta el interés general y que sólo pretende garantizar a las estaciones de ITV el negocio perdido.

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La Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España, FENADISMER, ha recibido “con enorme satisfacción” la Resolución dictada por el Defensor del Pueblo el pasado miércoles 27 de julio en respuesta a la denuncia formal y solicitud de amparo interpuesta en su día por la Federación contra la polémica Orden Ministerial publicada el pasado mes de mayo, que estableció el calendario de revisión técnica para los aproximadamente cuatro millones de vehículos afectados por el cierre de las estaciones de ITV durante el estado de alarma.

La Orden aprobada por el Ministerio de Industria planteó un calendario flexible para los próximos meses a fin de evitar el colapso de las estaciones. El problema, tal como señala FENADISMER, es que la misma Orden “incluyó una trampa por la cual, contraviniendo el Real Decreto que regula la inspección técnica de vehículos en España, al pasar los vehículos la revisión se les pone no la fecha en que acudieron a la ITV, sino aquella en que les caducó durante el estado de alarma, recortando de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente revisión”.

A juicio de FENADISMER “esta aberración, que afecta a más de cuatro millones de titulares de vehículos en toda España, resulta absolutamente injustificable al no haber ningún motivo técnico o de seguridad que obligue a incumplir el Real Decreto y la Directiva europea que lo regula”, más aun cuando el tráfico de vehículos se redujo cerca de un 90%.

De esta manera, entre las consecuencias más “perversas” de esta regulación, cientos de miles de vehículos dedicados al transporte de mercancías y de viajeros, que por tener una determinada edad han de pasar la ITV cada seis meses, tendrán que pasar dos veces la inspección con apenas unos días de diferencia. En concreto, y conforme a los datos estadísticos publicados por la Dirección General de Tráfico, una cuarta parte de los vehículos afectados se encontrarían en esta situación (un millón de vehículos de transporte  entre camiones, autobuses, furgonetas, taxis y ambulancias).

Para el Defensor del Pueblo, “carece de sentido acortar artificialmente la vida de la última ITV obligando al propietario del vehículo a realizar dos inspecciones seguidas en un corto lapso de tiempo que, en los casos más extremos, puede ser solo de unos poco días. Ello, evidentemente, genera un coste y una carga administrativa para los propietarios de los vehículos afectados sin que esa Administración haya puesto de manifiesto que concurran razones imperiosas de interés general que justifiquen el recorte de la vida legal de las ITV”.

El negocio de las ‘ITV’
Para FENADISMER, el objetivo detrás de esta actuación de Industria no es otro que “garantizar el negocio perdido durante el estado de alarma a las estaciones de ITV, que recordemos en su mayoría se tratan de empresas públicas o en régimen concesional”. De la misma manera lo considera el Defensor del Pueblo, quien afirma en su resolución que la actuación del ministerio “no persigue otro objetivo que el de favorecer la recuperación económica de las estaciones de ITV”, algo que “ha sido reconocido por esa Administración”. “Si bien es loable el objetivo de asegurar la supervivencia económica de las estaciones de ITV, sector económico que –al igual que otros muchos- se ha visto afectado por el cierre de su actividad como consecuencia de la crisis sanitaria desatada por el COVID-19, ese objetivo de interés general puede alcanzarse por otras vías, sin imponer cargas a los particulares sin efecto apreciable para el interés general”, señala el defensor.

Por todo lo dicho, la Resolución del Defensor del Pueblo concluye instando al Ministerio de Industria a que suprima dicha regulación legal a fin de “determinar el plazo de validez de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) que hayan sido objeto de prórroga a partir de la inspección realizada, sin descontar el período de prórroga".

  • La Orden aprobada en mayo para solucionar el colapso en la revisión de las ITV –como consecuencia de su cierre durante el estado de alarma– introdujo la trampa de que, con independencia de la fecha real de la revisión, la fecha que figura es la establecida originalmente, obligando a cientos de miles de vehículos de transporte a pasar la inspección técnica dos veces seguidas con apenas días de diferencia. 
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