La ampliación del plazo para visar autorizaciones genera confusión

El Gobierno aprobó a principios de julio el Decreto-Ley 26/2020 que incluía algunas medidas económicas y de índole administrativo de apoyo a las empresas transportistas, entre ellas, estaba la ampliación hasta 2021 del visado de las autorizaciones de transportes que correspondía hacer en 2020.

 
En concreto, el Real Decreto señala lo siguiente: “Las autorizaciones de transporte por carretera a las que les correspondiera visar en el año 2020 conforme al calendario vigente a la entrada en vigor de este real decreto ley y no hubieran visado, podrán hacerlo, asimismo, en el año 2021. Las autorizaciones de transporte ya visadas en el año 2020, deberán visar en el año 2023”.

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Sin embargo, la reanudación del visado tras el fin del estado de alarma y la ampliación del plazo prevista en el Decreto Ley está generando enorme confusión entre los transportistas porque las comunidades autónomas no están respetando el calendario mensual establecido por el Ministerio de Transportes. Según informa FENADISMER, algunas CCAA están remitiendo circulares a los titulares de las autorizaciones de transporte que debían haberse visado en los meses de mayo, junio y julio, obligándoles a hacerlo en agosto o a comunicar su voluntad de posponer el visado hasta 2021.
Asimismo, aquellos titulares que iniciaron el trámite antes de la aprobación del citado Decreto Ley y ahora deseen acogerse a la ampliación hasta 2021, deben presentar en la aplicación del Ministerio de Transportes de Gestión de Autorizaciones la declaración de renuncia. “Como si de una subsanación se tratase y no como un desestimiento del trámite iniciado, lo que contribuye a generar mayor confusión a los afectados”, señalan desde la Federación.

En todo caso, como consecuencia de la readaptación del calendario anual para realizar el visado establecido por el Decreto Ley, desde Fenadismer remarcan que a partir de ahora los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías y operadores de transporte visarán en los años impares, y las de viajeros y transporte privado en los años pares. Por lo tanto, los autónomos y empresas que visen a lo largo de este año no volverían a hacerlo hasta 2023.
 

  • A partir de ahora los titulares de autorizaciones de transporte público de mercancías y operadores de transporte visarán en los años impares.
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  • Los autónomos y empresas que visen a lo largo de este año no volverían a hacerlo hasta 2023.
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