España flexibiliza la regulación de los tiempos de conducción y descanso

Ante la grave situación generada estas últimas semanas por los bloqueos y atascos kilométricos en los Puertos del Canal de La Mancha y al Eurotúnel, el Ministerio de Transportes ha aprobado una Resolución para flexibilizar los tiempos de conducción y descaso a los transportistas afectados desde el pasado 15 de diciembre hasta el próximo 13 de Enero.

 
En respuesta a la solicitud planteada por Fenadismer, el Ministerio de Transportes ha decidido flexibilizar las condiciones del trabajo de los conductores, al mismo tiempo que se facilita y garantiza el abastecimiento en los siguientes términos:
 
Conducción diaria: permitir extender la duración del período de conducción diaria máxima de 9 horas a 11 horas.
Conducción Bisemanal: reemplazar el máximo de conducción bisemanal de 90 horas a 96 horas.
Descanso Semanal: posponer el inicio del descanso semanal después de haber transcurrido seis períodos de 24 horas.
Descanso a bordo del camión: permitir que el conductor tome su descanso semanal normal en el vehículo, siempre y cuando el vehículo vaya adecuadamente equipado para el descanso de cada uno de los conductores y esté estacionado.
 
No obstante, hay que resaltar que esta relajación temporal de las reglas de los tiempos de conducción y descanso antes señaladas, son debidas a estas circunstancias excepcionales “y se aplicarán exclusivamente a los conductores que justifiquen la realización de operaciones de transporte de mercancías entre el Reino Unido y España entre el día 15 de diciembre del 2020 hasta el día 13 de enero del 2021, ambos incluidos”, remarcan desde Fenadismer.

  • España se suma así a las medidas adoptadas por otros países como Reino Unido o Bélgica, y previsiblemente también Francia, para establecer exenciones al cumplimiento del tacógrafo por su imposible cumplimiento por los transportistas afectados por el Brexit y el cierre de fronteras con el Reino Unido.
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