El Gobierno portugués, tras una larga negociación con las organizaciones empresariales y sindicales lusas, ha aprobado un Decreto-Ley publicado en el Diario Oficial de Portugal este martes 13 de Julio, y que entrará en vigor el próximo mes de septiembre, por el que se establece la prohibición general de que los conductores profesional nacionales e internacionales realicen tales labores, al no estar capacitado para ello.
La constatación por parte de las autoridades portuguesas de la falta de implicación de las empresas cargadoras y operadores logísticos en la mejora de la actividad de la carga y descarga así como la reducción de los tiempos de espera, ha motivado la aprobación del citado Decreto Ley al considerar que la situación actual no cumple “con los objetivos de política pública y han demostrado ser perjudiciales para la economía nacional y la productividad empresarial”, como se señala expresamente en su exposición de motivos.
Hasta 15.000 euros
El incumplimiento de esta normativa puede ser considerado una infracción muy grave, lo que acarrearía una multa de hasta 15.000 euros. Portugal ha establecido varios escalones en función del tipo de infracción, que se mueven entre los 1250 €-3740 € o de 5000 a 15.000 €, según los casos.
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- El incumplimiento de esta normativa puede ser considerado una infracción muy grave, lo que acarrearía una multa de hasta 15.000 euros.
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