Golpe a las ITV: Tendrán que rectificar las fichas de inspección técnica

Como se recordará, la Orden aprobada por el Ministerio de Industria en mayo del pasado año planteó un calendario flexible para poder pasar la revisión técnica a todos los vehículos afectados por el cierre de las estaciones de ITV durante el estado de alarma para evitar de este modo que se colapsaran.

Sin embargo, la misma Orden incluyó una trampa por la cual, contraviniendo el Real Decreto que regula la inspección técnica de vehículos en España, al pasar los vehículos la revisión se les pone en su ficha técnica, no la fecha del día que acuden a la ITV, sino la de la fecha en que les caducó durante el estado de alarma, recortando de modo sustancial la vigencia periódica para pasar la siguiente.
 
Ahora, tras la decisión judicial del Alto Tribunal, las ITV se verán obligadas a rectificar las fichas de inspección técnicas de los millones de vehículos afectados por la aplicación de la Orden.
 
Sus titulares podrán pasar la siguiente revisión técnica sin descontar la reducción de plazo que consignaron en las fichas técnicas y en las etiquetas identificativas las estaciones de ITV desde su reapertura en Mayo del pasado año hasta finales del mes de Septiembre, fecha en que se dictó el Auto de suspensión cautelar por el Tribunal Supremo, o incluso en un período mayor en el caso de aquellas Comunidades Autónomas que decidieron no aplicarlo hasta finales de año en que se publicó en el BOE el referido Auto.
 
En este sentido, FENADISMER solicitará al Ministerio de Industria que haga pública la circular informativa que deberá remitir a todas las Consejerías de Industria de las Comunidades Autónomas y a las estaciones de ITV para la ejecución del fallo judicial y la consiguiente rectificación de las tarjetas de revisión técnica de los millones de vehículos afectados, “y evitar de este modo los abusos que han venido sufriendo miles de propietarios de estos vehículos en toda España durante el último año”, apuntan.
 

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