Los transportistas tendrán que justificar por qué no usan el tren o el barco

El proyecto de nuevo Reglamento General de Carreteras que tramita la Dirección General de Carreteras obliga a las empresas transportistas dedicadas al transporte de mercancías de mayor volumen que justifiquen que no pueden trasladarla por tren o barco para poder solicitar el correspondiente permiso especial.

Al “Plan Mercancías 30”, que incluye una serie de acciones de impacto a corto y medio plazo con la intención de permitir elevar la cuota modal del transporte ferroviario de mercancías hasta el 10%, frente al apenas 4% actual, se une una nueva ocurrencia de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes.
 
Según informa Fenadismer, en el proyecto de modificación del Reglamento General de Carreteras vuelve a hacer una apuesta clara por tren frente al denostado camión. Así, la citada regulación, que se encuentra en trámite de aprobación, establece la obligación para las empresas transportistas que se dedican al transporte de mercancías de mayor volumen o peso (los denominados transportes especiales) de justificar que el traslado de las mismas no se puede realizar por otros modos más sostenibles que el camión.  El texto señala: “para el caso de los transportes especiales primará el principio de que de que, salvo justificación expresa en contrario relacionada con costes desproporcionados la actuación, se realice utilizando la alternativa de transporte ambientalmente más sostenible, comparándola al menos con la vía marítima y la ferroviaria”.
 
FENADISMER considera “una absoluta aberración obligar a los transportistas a tener que acreditar la imposibilidad técnica o económica de poder realizar el transporte por otros modos, como el ferrocarril o el marítimo, además de una clara vulneración de la vigente Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, en cuyo artículo 4 garantiza la libertad de elección por parte del cliente del modo en que desea que sea trasladada su mercancía”. En concreto, el artículo 4 de la citada Ley señala que “En el marco del principio de unidad de mercado, los poderes públicos buscarán la armonización de las condiciones de competencia entre los diferentes modos y empresas de transporte, tenderán a evitar situaciones de competencia desleal, y protegerán el derecho de libre elección del usuario, y la libertad de gestión empresarial, que únicamente podrán ser limitadas por razones inherentes a la necesidad de promover el máximo aprovechamiento de los recursos y la eficaz prestación de los servicios”.
 
 
 

  • FENADISMER considera “injusto e inmerecido este acoso permanente que desde la Administración se lleva a cabo en contra el sector del transporte por carretera, sin reconocer su importancia en la distribución de las mercancías en España”. Su cuota de mercado actual está por encima del 90%, cinco veces superior al resto de modos de transporte en su conjunto, y desde hace año viene esforzándose para reducir las emisiones y contribuir al cuidado del medio ambiente.
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