El Ministerio de Transportes despeja dudas sobre la antigüedad máxima

En octubre de 2020 el Tribunal Supremo dio la razón a la Comisión Nacional de la Competencia y eliminó el requisito de antigüedad máxima de 5 meses exigida a los vehículos que accedan por primera vez al sector del transporte de mercancías por carretera.

Ahora el Ministerio de Transportes ha finalizado la adaptación del marco normativo a esta sentencia y ha modificado la regulación para que este requisito tampoco aplique a la adscripción de nuevos vehículos o la sustitución de alguno de ellos, ya que se generaban situaciones asimétricas en los operadores del mercado, así como procedimientos administrativos innecesarios.

FENADISMER sigue considerando "imprescindible" que el Gobierno aborde cuanto antes una nueva regulación del sector que tenga en consideración "requisitos medioambientales y de profesionalización del acceso al sector para una mejor ordenación del mismo, que contribuya tanto a la mejora medioambiental como a la reducción de la siniestralidad que soporta el sector, especialmente en el ámbito del transporte ligero", apuntan.

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