El tacógrafo no sale de las islas españolas

Pese a la solicitud de las asociaciones de transportistas y de algunos de sus Gobiernos insulares, el Ministerio de Transportes finalmente no ha incluido la excepción al uso del tacógrafo en las islas pese a que el nuevo Reglamento europeo aprobado en 2020 lo permite.

 
Gran indignación y rechazo ha causado en las asociaciones de transportistas insulares, tanto de Baleares como de Canarias, el nuevo Real Decreto 729/2022 de actualización de las actividades de transporte por carretera exceptuadas de la utilización del aparato tacógrafo en función del sector de actividad o del ámbito geográfico donde se realice el transporte, que se ha publicado este martes en el Boletín Oficial del Estado, en desarrollo del nuevo Reglamento europeo sobre tiempos de conducción y descanso incluido en el Paquete de Movilidad aprobado por la Unión Europea en Julio de 2020.
 
Ceuta y Melilla sin tacógrafo
Así, pese a que la nueva normativa europea permite excepcionar el uso del tacógrafo a los transportes realizados en Ceuta y Melilla así como los que discurran íntegramente por islas cuya superficie no supere los 2.300 kilómetros cuadrados (lo que en la práctica eximiría de la obligación de uso a todas las islas españolas a excepción de Mallorca), sin embargo el nuevo Decreto aprobado sólo ha recogido la excepción referida a las dos ciudades autónomas, pero en el caso de las islas sólo se ha exceptuado a aquellas que no superen los 250 kilómetros de superficie, esto es, sólo una décima parte de lo que prevé la normativa europea, lo que en la práctica deja únicamente excluida a la isla balear de Formentera.
 
Sólo genera dificultades burocráticas
Esta decisión del Ministerio de Transportes ha supuesto en la práctica ignorar la petición realizada tanto por las asociaciones de transportistas como de los Gobiernos insulares de Ibiza y Menorca, con el respaldo asimismo del Gobierno Balear, al entender que la exigencia del tacógrafo en los transportes realizados en las islas españolas, por su superficie tan reducida, tan sólo genera dificultades burocráticas e inversiones para los autónomos y empresas transportistas insulares que no se justifican por la existencia de problemas o incumplimientos de citada normativa, ya que las distancias recorridas son muy reducidas y por tanto los tiempos de conducción son muy limitados, no habiendo quedado probado que la obligación de uso del tacógrafo en las islas prevenga accidentes o infracciones”, explican desde Fenadismer.
 
 
 
 
 

  • El nuevo Decreto aprobado recoge la excepción referida a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, pero en el caso de las islas sólo se ha exceptuado a aquellas que no superen los 250 kilómetros de superficie. Sólo cumple este requisito Formentera.
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