Las empresas de transporte podrán consultar los puntos de sus chóferes

La reforma de la Ley de Seguridad Vial que entró en vigor en marzo del pasado año incluye la posibilidad de que las empresas de transporte puedan consultar de forma ágil la situación administrativa de los permisos de conducir de sus conductores asalariados, ya que en la actualidad las empresas no tiene capacidad legal de obligarles a que comuniquen su situación administrativa.

 
Según informa FENADISMER, la Dirección General de Tráfico ya está trabajando en el desarrollo en una nueva aplicación de consulta on line, a través de la web de la DGT, para que las empresas y autónomos dedicados al transporte de personas o de mercancías puedan conocer si un conductor profesional que trabaja para ellos ha perdido completamente los puntos de su permiso de conducir o bien se encuentra en situación de suspensión o pérdida por otros motivos judiciales o administrativos.  Estará operativa antes de que acabe este año y no será necesario tener el consentimiento del conductor afectado.
 
En todo caso, la información sólo se facilitará a la empresa respecto de los conductores que tenga en plantilla, lo que se comprobará por la aplicación a través de su cruce con la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
 
Mejorará la seguridad vial
FENADISMER considera muy positiva dicha medida preventiva ya que contribuirá a mejorar la seguridad vial del transporte por carretera, “a la vez que eliminará la inseguridad jurídica a la que se enfrentan en la actualidad las empresas transportistas que no tienen manera de conocer en qué condiciones habilitantes se encuentran sus conductores”.
 
Controles de alcohol y drogas en 2024
Asimismo, tal y como también prevé la reforma de la Ley de Seguridad Vial, en 2024 se prevé que se apruebe el procedimiento legal que permita a las empresas de transporte realizar controles iniciales, periódicos, o aleatorios tanto de alcohol como de drogas y otras sustancias psicoactivas de sus conductores durante el ejercicio de su actividad profesional.
Para la puesta en marcha de dicho procedimiento, la Ley prevé su consulta previa a las asociaciones de transportistas que componen el Comité Nacional de Transporte por Carretera.

  • En 2024 se habilitará un sistema de controles preventivos de alcohol y drogas de los conductores profesionales.
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