Así será la implantación de la infraestructura para los combustibles alternativos

La Comisión Europea ha celebrado el acuerdo alcanzado entre el Parlamento Europeo y el Consejo Europeo para aumentar el número de estaciones de recarga eléctrica y de repostaje de hidrógeno accesibles al público en la UE.

El nuevo Reglamento para el despliegue de infraestructuras de combustibles alternativos (AFIR) establece objetivos obligatorios de despliegue de infraestructuras de recarga eléctrica y repostaje de hidrógeno para el sector viario, para el suministro de electricidad en tierra en puertos marítimos y de navegación interior, y para el suministro de electricidad a aeronaves estacionarias.

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En concreto, en el caso de los automóviles se deben cumplir los siguientes objetivos:

Furgonetas y turismos. Por cada coche eléctrico de batería matriculado en un Estado miembro determinado, debe proporcionarse una potencia de salida de 1,3 kW mediante una infraestructura de recarga accesible al público. Además, cada 60 km a lo largo de la red transeuropea de transporte (RTE-T), será necesario instalar estaciones de recarga rápida de al menos 150 kW a partir de 2025.

Las estaciones de recarga dedicadas a vehículos pesados ??con una potencia mínima de 350 kW deben instalarse cada 60 km a lo largo de la red básica de la RTE-T y cada 100 km en la red global de la RTE-T a partir de 2025, con la cobertura de la red debe lograrse para 2030. Además, las estaciones de recarga deben instalarse en áreas de estacionamiento seguras y protegidas para recargar durante la noche, así como en nodos urbanos para vehículos de reparto.
 
3) A partir de 2030, se debe desplegar una infraestructura de repostaje de hidrógeno que pueda servir tanto a automóviles como a camiones en todos los nodos urbanos y cada 200 km a lo largo de la red básica de la RTE-T, asegurando una red suficientemente densa para permitir que los vehículos de hidrógeno circulen por la UE .
 
 
 

  • El acuerdo político alcanzado esta semana debe adoptarse ahora formalmente. Una vez que el Parlamento Europeo y el Consejo completen este proceso, las nuevas normas se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrarán en vigor después de un período transitorio de 6 meses.
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