El requisito de los tres camiones consigue una victoria parcial

La Audiencia Nacional ha declarado nulas las actuaciones en el procedimiento judicial abierto por la Comisión Nacional de la Competencia contra el requisito de los 3 camiones de flota mínima para acceder al sector.

placeholder

 
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene abiertas dos causas judiciales ante la Audiencia Nacional en las que exige la supresión del requisito de flota mínima exigido para acceder al sector del transporte pesado por carretera, establecido en la actualidad en un mínimo de tres vehículos que sumen una carga útil de 60 toneladas.
 
En ambos procedimientos judiciales, Fenadismer se encuentra personada en contra de la posición ultraliberalizadora y desregulatoria del sector que propone CNMC. En relación al primer procedimiento judicial, Fenadismer solicitó a la Audiencia Nacional el pasado mes de julio la nulidad de todas las actuaciones procesales llevadas a cabo hasta la fecha, por entender que la tramitación del procedimiento ha vulnerado manifiestamente diferentes preceptos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como por considerar la existencia de falta de competencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que ha tramitado el procedimiento.
 
Nulidad de todas las actuaciones
En un auto judicial de fecha 9 de septiembre de 2016, del cual también se ha dado traslado tanto a la Comisión Nacional de la Competencia como al Ministerio de Fomento, se ha declarado “la nulidad de todas las actuaciones practicadas por no haberse tramitado de conformidad con el procedimiento para la garantía de unidad de mercado regulado en el artículo 127 bis de la LJCA” y de otra parte de haber incumplido “las normas de reparto de asunto entre las distintas Secciones de la Audiencia Nacional”.
 
Un triunfo para los transportistas españoles
Fenadismer ha manifestado su enorme satisfacción por suponer “un triunfo para la defensa de los intereses de los transportistas españoles”, y confía en que la Comisión Nacional de la Competencia no recurra dicha resolución judicial, por quedar acreditado que la actual regulación del sector del transporte español resulta absolutamente beneficiosa no solo para el propio colectivo del transporte español sino, sobre todo, para el resto de la economía española.
 

También te puede interesar