España ‘pasa’ de Europa y complica la vida a los transportistas

El Gobierno de Pedro Sánchez ha optado por no aplicar el Reglamento europeo sobre prórrogas para la renovación de los permisos y autorizaciones caducados durante el estado de alarma.

 
La situación de emergencia sanitaria y confinamiento habida en España y en el resto de países europeos ha llevado a los diferentes Gobiernos a la adopción de medidas extraordinarias a nivel nacional y de forma descoordinada para garantizar la continuidad de la actividad del transporte, ampliando los plazos de validez de permisos, certificados y autorizaciones que hubieran caducado durante este período.
 
A fin de coordinar dichas regulaciones unilaterales, y aunque con bastante retraso, la Unión Europea finalmente aprobó el pasado 25 de Mayo el Reglamento UE 2020/698 por el que se establecen medidas específicas y temporales relativas a la prórroga de los certificados, permisos, licencias y autorizaciones validez de manera armonizada en todos los Estados Miembros. Establece que los permisos y autorizaciones que caduquen entre el 1 de Febrero y el próximo 31 de Agosto prorrogan automáticamente su validez en toda la Unión europea durante un período de hasta seis meses desde que se produjo su vencimiento, como es el caso de la revisión del aparato tacógrafo y de la renovación de sus tarjetas así como de las licencias comunitarias y las de conductores de terceros países, y de siete meses en el caso de los permisos de conducir, tarjetas CAP de conductor profesional y revisión de la ITV.
 
Reglas más estrictas en España
Sin embargo, pese a que FENADISMER confiaba en que el Gobierno español no estableciera reglas más estrictas que las previstas en el Reglamento europeo, a fin de no perjudicar a los ciudadanos y empresas españolas en detrimento de las extranjeras, sin embargo lamentablemente finalmente ha optado por renunciar a dicha regulación armonizada y, por el contrario, ha preferido establecer su propia regulación nacional, “totalmente descoordinada e incoherente por cada Departamento Ministerial, originando una importante inseguridad jurídica a todos los ciudadanos y empresas que deben renovar los permisos y autorizaciones caducados durante el estado de alarma que se enfrentan un jeroglífico de normas diferentes y con plazos dispares unas con otras”.
 
¿Qué sucede con…?
 
La ITV.
 
Los permisos y licencias de conducción caducados.
En el caso concreto de los permisos de conducir de mercancías peligrosas cuya validez finalice entre el 1 de marzo  y el 1 de noviembre de 2020, se les amplía su validez hasta el 30 de noviembre.
 
En lo que se refiere al Ministerio de Transportes, ha  mantenido la ampliación de la vigencia de los certificados CAP de los conductores profesionales conforme establece el Reglamento europeo, en lo que se refiere a otras revisiones y documentaciones que no se hubieran podido tramitar durante el confinamiento se mantiene el criterio de extender la vigencia de todo lo que caduque hasta la finalización del estado de alarma previsto para el próximo 21 de junio. Así las inspecciones periódicas de tacógrafo que venzan antes de dicha fecha, se extenderá su vigencia durante 30 días más desde la finalización del estado de alarma, sin que una vez que se realice la revisión se retrotraiga la fecha de la revisión, contrariamente a lo establecido por el Ministerio de Industria.

  • Fenadismer lamenta que en España se haya elegido “una regulación descoordinada e incoherente” para renovar los permisos y certificaciones caducados durante el confinamiento.
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